Teniendo en cuenta los requisitos establecidos en el artículo 3° del reglamento tienen derecho a voto los/as académicos/as de planta de la universidad que tengan un contrato igual o superior a media jornada, siempre que estén categorizados/as o que hayan presentado sus antecedentes para serlo a la fecha en que se dé inicio al proceso.
Diez días tras la publicación del listado o de la resolución de las solicitudes de modificación, de presentarse alguna/a, se realizará la elección de los/as representantes académicos/as.
La votación se desarrollará de manera virtual a través de un software implementado por la Secretaría General, con el apoyo de la Vicerrectoría Académica y el acuerdo de los/as representantes de los/as académicos/as ante el Consejo Académico de la Universidad. El sistema permitirá votar, al menos, durante 24 horas.
Serán elegidos/as los/as dos académicos/as que obtengan las más altas mayorías en la elección.